Mario Vargas Suárez
El título de hoy se entiende como una orden, una Ley, un mandato, una disposición y usted podrá identificar más sinónimos o palabras con el mismo significado, que le vengan a la mente y estará usted de acuerdo de que los únicos autorizados para emitirlos, es una persona o institución.
Cuando hablamos de un Decreto Real, nos estaremos refiriendo a una orden dictada por un Rey o un miembro de la realeza autorizado para ello. Y en una relación, en nuestro México no solo de hoy, de muchas décadas, quienes emiten ‘Decretos’ son los políticos que desde su pedestal creen dirigir.
Pese a las notas de prensa en el país que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está publicando, respecto a los permisos, licencias o incapacidades médicas para los trabajadores contagiados por COVID-19, y puedan recibir su salario mientras están enfermos, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la cúpula sindical, limitan a sus propios trabajadores.
Desde la semana pasada el IMSS ha promocionado el trámite por Internet, para las Incapacidades Electrónicas, dice el propio Instituto que lanza su Versión 3.0, basada “en la confianza en la buena fe de los trabajadores.”
Sin embargo, al tratarse de que el COVID-19 es una enfermedad no profesional, la duración de la licencia y el pago por los días no laborados, son distintos a una incapacidad causada por riesgo de trabajo.
Buscando información sobre el tema, queda en claro que las enfermedades no profesionales, “…el asegurado tendrá derecho a un subsidio en dinero que se otorgará cuando la enfermedad lo incapacite para el trabajo… se pagará a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad”, indica el ordenamiento.
Así está la Ley en la actualidad desde antes de la Pandemia en marzo del 2020 y debido al incremento de los contagios, el IMSS se vio rebasado en la atención a los pacientes (trabajadores o beneficiarios) por lo que encontró más fácil poner en marcha la Incapacidad en Línea.
Los “peros” usted los conoce: la página no responde, se inhibe, no la reconocen los patrones… Además, este tipo de licencias médicas no la pueden tramitar los mismos empleados del IMSS, por acuerdo del Instituto y el Sindicato Nacional.
Los trabajadores y beneficiarios del IMSS saben que los permisos para ausentarse del trabajo, son temporales y solo cuando el trabajador sufra un padecimiento derivado de un accidente o enfermedad; o bien durante los periodos anteriores y posteriores al parto en el caso de trabajadoras aseguradas, el médico del IMSS le expedirá un certificado de incapacidad con el fin de justificar su ausencia en el trabajo durante los días que requiera para su recuperación.
La incapacidad en Línea por COVID solo permite hasta el 60 % del salario del trabajador y a partir del cuarto día de incapacidad y permitiendo un máximo de 5 días hábiles de licencia.
Entiendo que, si mi salario es de 100 pesos diarios, en una semana debiera ganar aproximadamente 700 pesos, incluye la proporción por días de descanso. Al obtener la Incapacidad en Línea, de acuerdo al ordenamiento legal. recibiré algo así como 200 pesos,
pues los 3 primeros días no se pagan y los dos restantes a razón de 60 pesos, más la parte proporcional de sábado y domingo.
El IMSS reconoce tres tipos de subsidios por incapacidad médica y son: Riesgo de Trabajo, Enfermedad General y Maternidad, limitadas a las semanas cotizadas, al porcentaje del salario y al límite de pago.
Lo extraño de todo el panorama burocrático es que la mayor parte de los trabajadores del IMSS están en contacto con pacientes y por la Pandemia del COVID-19 en muy alto riesgo de trabajo.
El área administrativa, en alto porcentaje se fueron a Home Office, o sea trabajo en línea en casa, con sus propios recursos y ahora los empleados contagiados del propio Instituto, no tienen derecho a Incapacidad Médica.
Ahora sí, el IMSS aplica la norma y si el empleado contagiado está imposibilitado para trabajar, puede solicitar días a cuenta de vacaciones, si quiere seguir ganando su salario.
El Director del IMSS, Zoé Robledo, ha declarado y publicado en sus redes sociales, que la duración del permiso por covid-19 “…es de hasta por 7 días para derechohabientes con síntomas y de 5 días para personas asintomáticas”.
Aunque la primera autoridad del IMSS mucho a cuidado de no hacer precisiones como el monto de la percepción monetaria y el abasto de enseres preventivos de sus propios empleados, que siguen autoabasteciéndose.